La situación del candidato Iván Cepeda en el Consejo Nacional Electoral (CNE) continúa sin resolverse. Aunque en la sala plena se registró una votación de 5 votos contra 4, la decisión no pudo adoptarse, ya que la normatividad exige un mínimo de seis votos para que exista un pronunciamiento definitivo.
Las demandas presentadas ante el CNE señalan que Cepeda estaría inhabilitado para participar en la consulta interpartidista de los sectores de izquierda, prevista para el mes de marzo, en la que el Pacto Histórico busca definir su candidato dentro del llamado Frente por la Vida.
Ante el empate técnico y la falta de mayoría decisoria, el caso deberá ser definido por conjueces, quienes tendrán la responsabilidad de destrabar la votación y determinar si Iván Cepeda podrá o no participar en la consulta.
Mientras tanto, el panorama político permanece en suspenso y la decisión final podría tener un impacto clave en la reorganización de las fuerzas de izquierda de cara a las elecciones de 2026.
¿Cómo quedó la votación?
Los magistrados que votaron en contra de la participación de Iván Cepeda en la consulta interpartidista son: Alfonso Campo, Maritza Martínez, Benjamin Ortiz, Álvaro Hernán Prada y Cristian Quiroz.
Los magistrados que votaron a favor de que Cepeda pueda ir al denominado ‘Frente por la vida’ son Álvaro Echeverry, Fabiola Márquez, Alba Lucía Velásquez y Altus Baquero, este último presentará unas aclaraciones sobre el sentido de su decisión.
A raíz de esto, tuvieron que ser designados dos conjueces que tendrán la última palabra sobre el caso de Iván Cepeda en el CNE.
¿Quiénes serán los conjueces?
De forma inmediata y por sorteo, el CNE definió quiénes serán los conjueces que definirán si Iván Cepeda puede participar o no en la consulta interpartidista de la izquierda el próximo 08 de marzo. Se trata de Alejandro Felipe Sánchez (Centro Democrático) y Manuel Antonio Avella (Partido Liberal).
Gustavo Martín Coral (Colombia Justa-Libres), será el conjuez remanente, que ejercerá funciones en caso de que alguno de los dos anteriores se ausente o no pueda asumir sus funciones.
La representante a la Cámara Katherine Miranda, quien fue una de las demandantes en este caso, aseguró que el CNE debe impedir la participación de Cepeda en el proceso de marzo, porque la consulta que se votó en octubre pasado, que ganó Cepeda, también tuvo en mismo carácter interpartidista.
“La resolución que sacó el Consejo Nacional Electoral era absolutamente clara y hasta el 26 de septiembre se tenía la posibilidad de modificar o desistir de la participación en la consulta. Sin embargo, ese mismo 26 de septiembre, el partido de la Unión Patriótica, Partido Comunista y el mismo Polo Democrático ratificaron la intención de participar en una consulta interpartidista, lo cual obliga que el resultado sea vinculante para primera vuelta. Por lo tanto, Iván Cepeda no puede participar de ninguna manera en una consulta interpartidista nuevamente”, dijo.
Además, aseguró que se tiene em registro de que el Pacto Histórico presentó una solicitud para participar en una consulta interpartidista y no de un solo partido.