Bogotá. El presidente Abelardo De La Espriella firmó el Decreto 1368 del 8 de septiembre de 2026, mediante el cual el Gobierno Nacional levantó la suspensión general de los permisos para el porte de armas de fuego que venía operando en Colombia.
La decisión no significa que cualquier ciudadano pueda salir armado a las calles. Los permisos continuarán sometidos a los requisitos, controles y autorizaciones establecidos por las autoridades competentes.
Con la nueva disposición recuperan efectos, cuando legalmente corresponda, los permisos de porte que estaban sujetos a la suspensión general. Además, las autoridades podrán volver a estudiar solicitudes y renovaciones bajo las reglas establecidas en el régimen colombiano de armas.
Expertos en derecho consultados sobre el decreto explicaron que no desaparece el control estatal ni se convierte el porte de armas en un derecho automático. Quien pretenda portar un arma deberá contar con el respectivo permiso y cumplir las condiciones exigidas por la legislación.
También es importante diferenciar entre tenencia y porte. La tenencia permite conservar un arma autorizada dentro del inmueble registrado, mientras que el permiso de porte permite llevarla consigo en las condiciones establecidas legalmente. Por eso, tener un arma legalmente registrada no significa automáticamente estar autorizado para llevarla por la calle.
El presidente De La Espriella defendió la decisión argumentando que el Estado debe concentrar sus esfuerzos en combatir las armas ilegales utilizadas por estructuras criminales, al tiempo que mantiene controles estrictos sobre quienes soliciten autorizaciones legales.
Sin embargo, la decisión también ha generado debate. Expertos en seguridad advierten que podría aumentar el número de personas armadas en espacios públicos y que la Policía tendrá un reto adicional para verificar durante los controles cuáles armas cuentan con permisos vigentes y cuáles circulan ilegalmente.
El decreto también podría ser objeto de demandas ante el Consejo de Estado. Especialistas señalaron que cualquier controversia deberá determinar si el Gobierno actuó dentro de sus facultades reglamentarias y respetó las normas superiores.
EN RESUMEN
Se levantó la suspensión general del porte, pero NO se liberó el uso de armas en Colombia. Los ciudadanos deberán continuar cumpliendo los requisitos legales, obtener autorización de las autoridades competentes y respetar todas las restricciones vigentes.
La discusión ahora estará centrada en los efectos que esta decisión pueda tener sobre la seguridad ciudadana, el control de las armas legales y la lucha contra el armamento ilegal en poder de organizaciones criminales.