Un fallo judicial le esta dando la razón a Yolanda Cruz Cadena, exfuncionaria de planta de la Alcaldía, quien había denunciado presuntos casos de acoso laboral y persecución durante la administración del exalcalde de Recetor Edgar Bernal.
Cruz Cadena, quien trabajó por más de 30 años en la alcaldía del Municipio de la Heliconia Recetor , aseguró que en 2023 fue víctima de hostigamientos que afectaron su permanencia en el cargo. Según manifestó en su momento ante medios de comunicación y la Procuraduría, el entonces mandatario habría generado un ambiente laboral adverso que terminó con su salida de la institución.
Entre las denuncias, la exfuncionaria afirmó que incluso se le impidió el acceso a su lugar de trabajo, señalando que le cambiaron las chapas de seguridad de la oficina donde desempeñaba sus funciones, lo que calificó como una forma de presión para forzar su retiro.
Tras el proceso jurídico, la justicia falló a favor de Yolanda Cruz Cadena, reconociendo la vulneración de sus derechos laborales.
Este caso se convierte en un precedente importante sobre la protección de los trabajadores frente a posibles situaciones de acoso laboral dentro de entidades públicas.
La Procuraduría General de la Nación formuló cargos contra el exalcalde de Recetor, Casanare, Édgar Yesid Bernal Gallego (2020-2023), por presuntamente acosar laboralmente a una funcionaria de la Secretaría de Planeación y Obras Públicas del municipio.
La decisión del Ministerio Público también cobijó al exsecretario general de la alcaldía, José Alberto Salamanca López, quien, al parecer, habría incurrido en comportamientos irregulares relacionados con la evaluación de desempeño arbitraria y el impedimento para que la entonces funcionaria ingresara a su lugar de trabajo, entre otros.
De acuerdo con la investigación disciplinaria, entre enero de 2020 y mayo de 2023, los dos exfuncionarios habrían desplegado conductas constitutivas de maltrato, persecución, discriminación, entorpecimiento y desprotección laboral contra la afectada, como llamados de atención injustificados y aislamiento social dentro de la entidad, hasta declararla insubsistente.
Por estos supuestos hechos, la Procuraduría calificó provisionalmente la falta de los investigados como gravísima a título de dolo, por presunta violación a los principios de la función administrativa, especialmente el de moralidad. El expediente fue remitido al despacho con funciones de juzgamiento, competente para continuar con el proceso disciplinario.