En Colombia, la permanencia de los hijos en la casa de sus padres no es indefinida. La legislación establece que, bajo ciertas condiciones, los padres pueden solicitar legalmente que sus hijos abandonen el hogar familiar, especialmente cuando ya son mayores de edad y no dependen económicamente de ellos.
De acuerdo con el Código Civil colombiano y la Ley 1098 de 2006 (Código de Infancia y Adolescencia), los padres tienen la obligación de proteger, mantener y garantizar el bienestar de sus hijos hasta que cumplan 18 años. Sin embargo, esta responsabilidad puede extenderse hasta los 25 años si el hijo continúa estudiando y depende económicamente de sus padres.
¿Cuándo pueden pedir que el hijo se vaya de la casa?
Una vez el hijo supera la mayoría de edad —o los 25 años si ya terminó sus estudios— los padres pueden solicitar que abandone el hogar si no existe una razón legal para que continúe viviendo allí.
Si el hijo se niega a salir, los padres pueden acudir a la justicia y presentar una acción de restitución del inmueble o desalojo, contemplada en el artículo 384 del Código General del Proceso.
Excepciones que contempla la ley
La normativa colombiana también establece algunas situaciones en las que los hijos sí pueden seguir viviendo con sus padres, incluso siendo mayores de edad:
Si están estudiando y dependen económicamente de sus padres (hasta los 25 años).
Si presentan discapacidad física o mental que les impida valerse por sí mismos.
En estos casos, la obligación de cuidado y manutención puede mantenerse mientras exista esa condición.
Un fenómeno cada vez más común
El fenómeno conocido como “hotel mamá”, en el que los jóvenes permanecen por más tiempo en casa de sus padres, ha aumentado en Colombia debido a factores como el desempleo juvenil y el alto costo de la vivienda. Sin embargo, la ley no contempla un derecho permanente para que los hijos adultos vivan indefinidamente en la vivienda familiar.