Una de las cosas que más desean los colombianos desde que empiezan a trabajar es asegurar su pensión para la vejez, por lo que este tema constantemente despierta diversas dudas en quienes empiezan su vida laboral y los que la van terminando, cumpliendo con los requisitos que hay para obtenerla.
La Ley dice que los requisitos obligatorios para recibir una pensión de la vejez es tener 62 años los hombres, 57 años las mujeres y haber cotizado un minino de 1.300 semanas, aproximadamente 25 años de trabajo.
Sin embargo, a partir del 1 de enero del 2026, se restarán 15 semanas al año hasta que el requisito que necesiten las mujeres para acceder a su pensión de vejez sea de solamente 1.000 semanas en 2035.
¿Cuánto paga Colpensiones por 500 semanas cotizadas?
Hay que aclarar que actualmente no es posible pensionarse con 500 semanas cotizadas, aunque no siempre fue así, según comenta la abogada Diana Marcela Montiel se habla de pensión con 500 semanas en el decreto 758 de 1990, por el medio del cual se estableció el Reglamento General del Seguro Social Obligatorio de Invalidez, Vejez y Muerte. Pero esta fue revocada parcialmente con la expedición de la Ley 100 de 1993, con la que se creó el Sistema General de Pensiones, especialmente el Régimen de Prima Media.
No obstante, por otro lado, desde el Ministerio del Trabajo hablan de la Pensión de Invalidez por Riesgo, donde en esta la persona debe cumplir con lo siguiente:
- Ser calificado con una pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50%.
- Tener 50 semanas cotizadas en los 3 años inmediatamente anteriores a la fecha de estructuración de la invalidez o al acaecimiento de la causa invalidante.
En este tipo de pensión el monto depende del porcentaje de disminución de la capacidad laboral:
Igual o mayor al 50% y menor al 66%:
- La mesada pensional equivaldrá al 45% del ingreso base de liquidación, por las primeras 500 semanas.
- Si el afiliado tiene más de 500 semanas, el ingreso base de liquidación se aumentará en el 1.5% por cada 50 semanas adicionales.
- la pensión de sobrevivientes, prestación a la que tienen derecho los familiares del afiliado o pensionado, en razón a la muerte de este, la cual sugiere que es igual al 100% de la pensión que disfrutaba la persona.
El monto mensual de la pensión total de sobrevivientes por muerte del afiliado será igual al 45% del ingreso base de liquidación más 2% de dicho ingreso por cada cincuenta (50) semanas adicionales de cotización a las primeras quinientas (500) semanas de cotización, sin que exceda el 75% del ingreso base de liquidación.
¿Cómo calcular el montó de sus semanas cotizadas?
- Entre a la página de Colpensiones: https://www.colpensiones.gov.co/
- Dé clic en ‘Calcular el valor de tu pensión’.
- Entrará a la herramienta creada para calcular un valor aproximado de la mesada pensional en Colpensiones, por lo que deberá llenar unos campos con información personal
- y laboral.
- Luego dé en el botón de ‘Calcular’ y listo